VISA TEMPORARIA "ACUERDO SOBRE RESIDENCIA DE LOS ESTADOS PARTES, BOLIVIA Y CHILE", NACIONALES DE ARGENTINA, BOLIVIA, BRASIL, PARAGUAY Y URUGUAY Este permiso de residencia se fundamenta en el principio de reciprocidad internacional Oficio Circular N°264645, del 04.12.09, del Subsecretario del Interior, que estipula que se otorgará visación de residente temporario por un año, prorrogable por igual período a los ciudadanos argentinos, bolivianos, brasileros, paraguayos y uruguayos, que se encuentren en Chile, independiente de la actividad que vengan a realizar, siempre y cuando no posean antecedentes penales y/o delictivos. NOTA: Para solicitar esta visa, los ciudadanos deben presentar el Pasaporte Vigente. Descargar Requisitos y Solicitud para personas con domicilio en la Región Metropotina. Descargar Requisitos para personas con domicilio en Gobernaciones Provinciales. Ver Tabla de Aranceles de Permisos de Residencia, con valores en dólares, por tipo y nacionalidad. Ver Anexo Aranceles. |
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